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Paraguay - Reglamentan alcance del control de medidas de bioseguridad de empresas importadoras de algodón GM


Paraguay
October 19, 2012

El Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), reglamentó el alcance de la responsabilidad de las empresas importadoras en el control de las medidas de bioseguridad durante el proceso de introducción al país de las semillas importadas de algodón genéticamente modificado, como también en la trazabilidad y custodia de las mismas hasta su entrega a los distribuidores autorizados, exclusivamente desmotadoras y acopiadores.

Así lo informó el Ing. Agr. Jaime Ayala, Presidente del SENAVE, quién anunció que la medida fue puesta en vigencia mediante la resolución Nº 415 de fecha 19 de octubre, con el objetivo de minimizar cualquier riesgo y además asegurar la capacitación para los productores.

“Lo que hicimos fue ampliar la resolución Nº 244 que autoriza en forma excepcional la importación de 60.000 bolsas de semillas de algodón con los eventos MON 531 (Bt) x MON 1445 (RR) y MON 1445 (RR), de manera a determinar en forma expresa el alcance de la obligación del cumplimiento de las medidas de bioseguridad”, precisó.

Indicó además, que la empresa dueña de la tecnología tiene la obligación de recomendar a los productores la instalación de refugios, además de incentivar a los usuarios sobre la utilización adecuada de defensivos y capacitarlos en forma masiva en la utilización de las tecnologías mencionadas.

La empresa deberá presentar al SENAVE, a mas tardar al 27 de marzo de 2013, un informe que debe detallar las capacitaciones realizadas, lugares de las jornadas, número de participantes e informaciones técnicas proporcionadas referentes a instalación de refugios y el uso apropiado de herbicidas para el control eficiente de malezas.

Igualmente, el documento deberá consignar el detalle de la cantidad de instructivos distribuidos sobre el uso correcto de la tecnología, y el listado de las cantidades de bolsas de semillas entregadas a las desmotadoras o acopiadores, discriminado por variedad.

Cabe recordar que los granos resultantes del producto de la cosecha de estas semillas importadas deberán destinarse al proceso industrial y bajo ningún concepto como material de propagación.

Finalmente, Ayala recordó que el SENAVE ejercerá estrictas medidas de control tanto sobre las empresas importadoras como a las desmotadoras y acopiadores involucrados en la presente campaña algodonera.
 



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Website: http://www.senave.gov.py/

Published: October 19, 2012

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