Paraguay - Establecen reglamento de identidad y calidad de la sandía
Paraguay
April 8, 2015
El Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) estableció un reglamento técnico para la fijación de la identidad y la calidad de la sandía (Citrullus vulgaris), el cual permitirá determinar los requisitos de calidad y características necesarias que debe reunir la fruta para su comercialización en los mercados internos y externos.
El reglamento fue puesto en vigencia mediante la Resolución 167/15, de marzo pasado, y define aspectos como la clasificación según su tamaño, calidad y tipo; límites máximos de tolerancia de defectos por categoría; al igual que las condiciones de homogeneidad; etiquetado; determinación de contaminantes y otras sustancias para la salud, certificación, muestreo, entre otros aspectos.
Con esta norma se pretende estandarizar la calidad de la producción nacional y establecer parámetros claros para la comercialización del producto, independientemente de los precios que puedan alcanzar los mismos atendiendo la oferta y la demanda de las diferentes épocas del año.
En cuanto a la clasificación por calibre o clase, una sandía se considera pequeña si pesa hasta 6kg; mediana si pesa más de 6 kg hasta 10 kg y será clasificada como grande si pasa los 10 kg.
La calidad de la sandia esta divida en tres categorías: la Categoría I corresponde a aquellos frutos de calidad óptima, uniformes, bien formados, limpios, de buen color y de madurez óptima para el consumo. Las sandías de Categoría II son aquellas que son de buena calidad pero que no reúnen todos los requisitos de la primera, pero conservan sus características en cuanto a variedad, calidad y uniformidad y la Categoría III son de inferiores condiciones a las anteriores, pero conservan la calidad, etc.
Igualmente, se determinaron tipos de defectos en las sandías, siendo los Defectos Graves la pudrición, daños causados por incidencias de plagas, daños mecánicos causados por rajaduras no cicatrizadas que traspasen la cascara, malformaciones, entre otros. En tanto que son considerados Defectos Leves las coloraciones atípicas de la variedad, daños físicos y rajaduras leves y manchas superficiales.
Por otra parte, los residuos de plaguicidas y otros contaminantes en sandías deberán ajustarse a los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius. Mientras que para los frutos a ser exportados deberán ajustarse a los Límites establecidos por el país comprador.
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Website: http://www.senave.gov.py/ Published: April 8, 2015 |
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